El día 11 de julio se publicó en el DOCM el Extracto del Decreto 29/2016 por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida y en especial de personas mayores de 45 años.
¿Quienes pueden ser beneficiarios?
- Empresas.
- Personas físicas o jurídicas.
- Sociedades Laborales o Cooperativas.
- Comunidades de bienes, Sociedades Civiles.
- Entidades sin ánimo de lucro, de carácter privado.
¿Cuáles son las principales obligaciones de los beneficiarios?
- Mantener el puesto de trabajo subvencionado por un período mínimo de 36 meses y el número de contratos indefinidos existentes en los Centros de Trabajo que tuviera la entidad beneficiaria en CLM por un período mínimo de 12 meses.
¿Cuáles son los contratos subvencionables?
- Contratos por tiempo indefinido.
- Contratos por tiempo indefinido fijos-discontinuos.
¿Cuáles son los requisitos de los contratos?
- Formalizarse con personas que en el momento de la contratación se encuentren inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en la oficinas de empleo de CLM y sean desempleados de larga duración. Las personas desempleadas deberán contar con la asignación por parte de las Oficinas de Empleo de CLM de un técnico para la tutorización de su proceso de inserción profesional.
- A jornada completa. Si es un contrato por tiempo indefinido fijos-discontinuos, la suma de jornada en cómputo anual deberá ser igual o superior al 50% de la jornada ordinaria de la empresa.
¿A cuánto asciende la cuantía de la subvención?
- 5.300 €/contrato, cuando la edad de la persona contratada sea menor o igual a 29 años.
- 4.000 €/contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 30 y los 44 años.
- 5.300 €/contrato, cuando la edad de la persona contratada esté comprendida entre los 45 y los 54 años.
- 6.000 €/contrato, cuando la edad de la persona contratada sea igual o mayor de 55 años.
Dicha cuantía se verá incrementada en 700 €:
- Persona no perceptoras de prestación, subsidio por desempleo o cualquier otra modalidad de protección frente a desempleo.
- Primera contratación por tiempo indefinido que realiza un trabajador autónomo.
- Personas que hayan obtenido en los 6 meses anteriores a la fecha de contratación, un certificado de profesionalidad, una titulación de formación profesional básica, de grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última correspondiente a las enseñanzas de formación profesional artística o deportivas, o bien una titulación oficial universitaria.
- Personas que hayan participado como trabajadores adscritos en la realización de proyectos dentro del programa de “Garantía + 55 años”.
Se incrementará en 1.000 €, sobre las cuantías inicialmente recogidas:
- Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
- Colectivos en riesgos de exclusión social.
- Cuando la contratación subvencionable se realice mediante contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo, la cuantía de la subvención se minorará de forma proporcional a la jornada que figure en el contrato de trabajo.
¿Cual es el plazo de presentación?
- Comenzó el día 12 de julio de 2016 y finalizará el 30 de noviembre de 2016, para contrataciones efectuadas hasta el día 31 de octubre de 2016.